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Casamiento

Casamiento religioso: dudas más frecuentes (y sus respuestas)

Ante las disposiciones de la iglesia, algunas parejas pueden tener dudas sobre las propiedades esenciales para acceder a un casamiento religioso. Para despejar el camino, hacemos un repaso por las dudas más frecuentes entre los novios.

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Es de común conocimiento que el matrimonio religioso se establece con el libre consentimiento de cada miembro de la pareja. Sin embargo, en la planificación de la boda y la recolección de documentos, pueden surgir dudas acerca de la alianza matrimonial estructurada por las leyes del derecho canónico y su índole natural. Aquí, algunas de las cuestiones más recurrentes.

1. Casamiento con o sin misa

Dependiendo del caso particular de los novios o las preferencias del sacerdote, el matrimonio puede celebrarse con misa, y es lo más común para las parejas creyentes, o sin misa. El matrimonio es un sacramento que permite celebrarse sin la eucaristía. La ceremonia es más corta y se favorece las uniones en que pueda haber impedimentos, cuando uno de los miembros es persona no bautizada o bautizada no católica. Si se estima oportuno, se puede celebrar la boda sin misa.

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2. Sobre el bautismo

El bautismo vincula a las personas con la iglesia católica, por tanto, la institución considera que entre bautizados no puede haber otro matrimonio que el mismo sacramento. De ahí que la iglesia exija que los contrayentes estén bautizados para poder contraer matrimonio, o por lo menos uno de los miembros. Existe la posibilidad de prepararse para recibir el bautismo en el caso de que alguno de los contrayentes no lo haya hecho de niño. Consulten con el párroco para conocer los trámites que deben completar.

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3. Sobre la comunión y la confirmación

La eucaristía es otro de los sacramentos de iniciación en la vida cristiana. La comunión es cuando los niños participan por primera vez de la eucaristía. La confirmación es el sacramento que consolida la fe cristiana de los bautizados que han tomado la primera comunión. Suele hacerse en la adolescencia. Ambos acontecimientos no son requisitos excluyentes para casarse, por lo cual podrían celebrar una boda sin misa. Sin embargo, también es factible que algunos sacerdotes soliciten la fe de confirmación. Deben consultar con el párroco.

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4. Mi pareja es de otra religión...

El contrayente no católico no tiene que renunciar a su fe y tampoco está obligado a recibir una formación de la fe católica. Las parejas pueden contraer matrimonio solicitando una licencia especial de la autoridad eclesiástica. Se conoce como matrimonio mixto el caso de dos personas con diferentes creencias religiosas, una parte católica y la otra bautizada no católica. Por otro lado, el enlace entre una parte católica y otra no cristiana es lo que se llama disparidad de culto. La Iglesia siempre buscará la acogida y el acompañamiento de estas parejas.

5. Sobre la documentación necesaria

Lo ideal es presentarse con bastante antelación en la parroquia para elegir la fecha de bodas. Unos tres meses antes de la fecha elegida se abre el expediente matrimonial con la documentación necesaria: documento de identidad (contrayentes y testigos), partida de nacimiento, Acta de Bautismo (se busca en la iglesia donde se han bautizado, con una fecha de antigüedad que no supere los 6 meses) y certificado del curso prematrimonial. Luego se agrega el certificado del matrimonio civil.

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6. Sobre el cursillo prematrimonial

Se trata de una función pastoral para que el sacramento del matrimonio se concrete mediante una preparación espiritual. En estos encuentros se profundiza sobre el matrimonio y la vida en común, la tolerancia, el respeto, la importancia de la familia y la educación de los hijos. Lo pueden realizar en la parroquia que elijan para casarse o en cualquier otra que pertenezca a la misma Diócesis. Al finalizar les entregan un certificado que acredita el curso.

7. ¿Testigos o padrinos?

En las bodas religiosas no se exige la función de padrinos. Es una tradición incorporada por la sociedad, aceptada por la iglesia. Para recibir el sacramento del matrimonio, el derecho canónico requiere de la presencia de dos testigos que puedan dar fe sobre la unión matrimonial en el día del casamiento.

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8. ¿Celebrar en otro lugar?

Para asegurar la naturaleza sagrada del matrimonio, las autoridades eclesiásticas toman el ámbito de la iglesia como el lugar idóneo para llevar a cabo la celebración. Hay causas justas y razonables en que el derecho canónico manifiesta que es posible celebrar en otro lugar conveniente con el pedido de la licencia oportuna. Por ejemplo, en el caso de bodas mixtas o disparidad de culto. Estas dispensas están expresadas en las normas. Sin embargo, cuando ambos contrayentes son bautizados católicos, dependerá mucho de la disposición de los párrocos y obispos.

En una boda religiosa existen otros aspectos básicos que deben conocer para no improvisar llegado el momento. Por ejemplo, cómo será la entrada de la novia, si llevarán cortejo o cómo sentar a los invitados. Exploren en nuestro portal para encontrar las respuestas.